La
declaración fue suministrada por el
concejal Ramón Alarcón, presidente de la Comisión de Servicios y Transporte
Público del ayuntamiento, agregando que dicha línea transportista tiene
alrededor de 20 vehículos alquilados a socios que poseen su propiedad, quienes
pagan 600 bs mensuales a directivos de la cooperativa sumando ello 144.000 bs.
Indicó que esa
acción es violatoria a la Ordenanza antes mencionada en su Art. 33 en
concordancia con el Art. 40 numeral 27, en donde dice que no se puede alquilar,
vender ni traspasar los cupos y la cooperativa La Valerana tenía a estas
personas alquilándoles los cupos y a unos hasta se lo vendieron por un monto de
35 a 50 mil bolívares.
Acotó
Alarcón que realizaron varias mesas de trabajo con los asociados
y directivos para legalizar esta situación, pero fue infructuoso, ya que se
negaron a ponerse a derecho, por estas razones al agotarse las vías de
conciliación, la Comisión elevó a la
Plenaria del Concejo Municipal aperturar un procedimiento administrativo a la
cooperativa para que respeten el Estado de Derecho establecido. Esta
cooperativa ha mantenido durante años un monopolio en el terminal de pasajeros
de Valera al extremo de creerse un Estado dentro del Estado, práctica esta que es
propio del capitalismo salvaje.
Expuso que ellos
alegaron que se sujetaban a la Ley de Cooperativas, pero las propias personas afectadas solicitaron una inspección Judicial por parte
de un Tribunal de Municipios que dirige el Dr. Tulio Villegas, constatando que
no llevan los libros y actas al día, igualmente las conciliaciones bancarias,
por ninguna parte aparece registrado el monto que cobran a las personas
alquiladas ni cuentan con el certificado de SUNACOP, no estando a derecho con
esta instancia que rige las cooperativas.
Explicó que el
Concejo Municipal de Valera apertura éste procedimiento que dictará las sanciones correspondientes como revocar la concesión, el espacio físico o recibirán una multa que
está oscila entre 100 ó 3000 unidades
tributarias para las empresas concesionarias que violen los artículos de la ordenanza
, teniendo ellos el derecho de la defensa como lo establece la ordenanza, la Ley
Orgánica de Procedimiento Administrativo
y que esta establecido en el Art. 49 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Concluyó argumentando
que desde la Comisión de Servicio y
Transporte Público del ente edilicio no permitirán que se cometa ninguna
irregularidad y los funcionarios impondrán el orden e igualmente tienen en la
mira tres cooperativas que hasta ahora no se han puesto a derecho y como lo dice la ordenanza pasaron a ser
parte del transporte público urbano.
Foto 1: Concejal
Ramón Alarcón
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